ADEPA rechaza fallo judicial que prohíbe la difusión sobre Jorge Lanata

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La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) emitió un comunicado enérgico contra la decisión del Juzgado Nacional en lo Civil Nro. 8, que impone una restricción judicial sobre la difusión de información relacionada con el periodista Jorge Lanata y su esposa. ADEPA considera que esta medida constituye un caso claro de censura previa, algo que contraviene los principios fundamentales de la libertad de expresión protegidos por la Constitución Nacional de Argentina y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocida como el Pacto de San José de Costa Rica​.

El fallo prohíbe la publicación de cualquier contenido que involucre a Lanata y su esposa en medios televisivos, gráficos, radiales o digitales. ADEPA argumenta que este tipo de censura es especialmente peligrosa, ya que puede ser utilizada para proteger a personas poderosas y silenciar voces críticas, afectando el debate público y la convivencia democrática. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ya ha establecido en numerosos fallos que cualquier medida que impida la libre expresión previa a la publicación es inaceptable, haciendo referencia a casos internacionales como el de la película «La Última Tentación de Cristo» contra Chile.

El Comunicado completo de ADEPA:
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) rechaza enérgicamente la decisión del Juzgado Nacional en lo Civil Nro. 8, por la cual se prohíbe “la difusión por cualquier medio de prensa y comunicación (televisión, gráfico, radial, medios digitales y/o publicación en páginas WEB), de toda información que involucre” al periodista Jorge Lanata y a su esposa.

Se trata de una medida que debería ser dejada sin efecto con mayor premura que la que precedió a su dictado, por ser incompatible en letra y espíritu con las normas constitucionales e internacionales que prohíben la censura previa. El artículo 14 de la Constitución Nacional y el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica son tan claros y rotundos en esta materia que no se explica la ligereza judicial que los ha violentado.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que cualquier medida preventiva que impida el ejercicio de la libertad de expresión, incluyendo las decisiones judiciales, constituye censura previa. Así, por ejemplo, el caso de la película “La Última Tentación de Cristo” contra Chile. 

El juez, en tanto funcionario estatal, tiene vedado decidir qué es lo que puede ver o escuchar la ciudadanía. Los periodistas son responsables por lo que publican, pero esa responsabilidad solo se puede hacer efectiva con posterioridad a la publicación.

La censura judicial, en tanto puede ser fácilmente utilizada para proteger a los poderosos y silenciar a las voces independientes, representa un peligro para la convivencia democrática y el debate público.

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